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01/02/2017

Publicado el Plan de Formación Continuada de la Conselleria de Sanidad para 2017 (EVES)

El número 7.965 del DOCV de 25 de enero de 2017 ha publicado la RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2017, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se establece el Plan de Formación Continuada de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública para 2017 (EVES).

Podrá solicitar la asistencia a las actividades formativas del Plan de Formación:

1. El personal fijo, interino o laboral temporal de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública y recogido en el art. 1 del Decreto 71/1989, de 15 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana.

2. Los profesionales en periodo de formación sanitaria especializada, en centros o unidades debidamente acreditados para la docencia.

3. El personal de aquellos organismos públicos o instituciones, que tengan establecido un convenio o acuerdo de colaboración con la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública para la formación de los profesionales.

4. El personal funcionario y/o laboral que preste servicios en la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública, cuyas funciones estén en relación directa con el contenido de los cursos.

 

El Plan de Formación Continuada que se ejecutará en el año 2017 está compuesto por una serie de cursos comprendidos en las siguientes áreas:

1. Epidemiología, estadística, metodología y gestión de la investigación.

2. Gestión de servicios y planificación.

3. Humanización y Ética.

4. Tecnología de la información.

5. Participación social y cooperación.

6. Prácticas diagnósticas, terapéuticas y de cuidados.

7. Planes y programas de salud.

8. Salud y género.

9. Salud laboral.

10. Socio-sanitario.

11. Salud Mental.

12. Enfermedades Raras.

13. Enfermedades Emergentes y reemergentes.

Las instancias deberán presentarse en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, ante los siguientes órganos:

a) El subsecretario, el/la director/a general o director/a territorial de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública, para el personal adscrito a la subsecretaria, direcciones generales o territoriales correspondientes.

b) El/La gerente de los departamentos de Salud, para el personal adscrito a los centros dependientes de los mismos.