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09/02/2022
En marcha el sistema de copago farmacéutico del Real Decreto-Ley 16/2012

En marcha el sistema de copago farmacéutico del Real Decreto-Ley 16/2012

El copago de medicamentos se hace en base a la renta obtenida en 2010, último ejercicio fiscal cerrado hasta la fecha y, en los próximos años, se tendrá en cuenta de manera sucesiva el nivel de renta alcanzado en los ejercicios previos. No obstante, las personas que se han quedado en paro o que, por el contrario, han encontrado trabajo durante el periodo en vigor deberán realizar las solicitudes pertinentes para regularizar su situación.

El nuevo sistema impone a los trabajadores en activo diferentes porcentajes de copago en función de la renta. Así, aquellos con ingresos inferiores a 18.000 euros -que no tienen obligación de tributar en el IRPF- y miembros de familias numerosas seguirán pagando el 40% del coste de los medicamentos, mientras que aquellos que superen esta renta la aportación será de un 50%.

Asimismo, establece a los pensionistas la obligación de pagar un 10% del precio de sus medicamentos. En concreto, aquellos con rentas inferiores a los 18.000 euros no pagarán más de ocho euros al mes, un límite que para los pensionistas con rentas superiores será de 18 euros mensuales, mientras que los que superen los 100.000 euros anuales el tope estará en los 60 euros mensuales.

Cada tres meses la Generalitat reembolsará las cantidades que sobrepasen el tope legal (8, 18 y 60 euros) abonándolas automáticamente en la cuenta donde tiene la pensión aunque se establecerá un límite máximo de aportación de 30 euros y una vez se llega a dicha cantidad mensual el ciudadano ya no abonará nada más, hasta el mes siguiente.

Si procedese realizará un reembolso trimestral al paciente. A los asegurados pensionistas de los que la Administración disponga de los datos de cuenta bancaria para proceder al pago mensual de su pensión, se procederá al abono automático, de las cuantías que superen el límite de aportación legal mensual acumulada en el trimestre, mediante ingreso directo en la cuenta bancaria en donde se tiene domiciliada la pensión.

Para resolver las dudas que esta nueva aportación puedan comportar a usuarios y a oficinas de farmacia, la Conselleria de Sanidad dispone de un número de teléfono gratuito, el 900101081, en horario de 9 a 13:30 horas y de 17 a 20 horas.