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03/12/2020

La experiencia profesional capacita a los enfermeros para prescribir medicamentos

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo que el Colegio de Médicos de Tarragona interpuso ante el Real Decreto de prescripción enfermera donde se rechazaba el valor de la experiencia profesional de los enfermeros como elemento acreditativo para la prescripción enfermera. Así lo indica una noticia publicada en Diario Enfermero, periódico digital del Consejo General de Enfermería al que pertenece el Colegio.

Dicha noticia añade que “de este modo, el alto tribunal español no sólo ha avalado el decreto de prescripción enfermera que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, aprobado en 2018, también ha reconocido que la experiencia profesional de los enfermeros, para el alto tribunal, es un elemento legítimo para tener capacidad para prescribir medicamentos”.

Según la sentencia, continúa dicha noticia, el Colegio de Médicos de Tarragona rechaza el valor de la experiencia profesional de los enfermeros y «sólo se apoya» en la prueba pericial realizada en autos a su instancia, que, examinada en su conjunto «no desvirtúa» el criterio seguido por el Gobierno al configurar el elemento de la experiencia profesional como una de las dos posibles vías de acreditación. «No cabe apreciar quiebra del principio de jerarquía normativa, ni resulta arbitrario ni carente de sentido ponderar, como elemento de acreditación, la valoración de la experiencia profesional, como criterio para obtener la acreditación, de forma alternativa al programa formativo mediante un programa de adecuación», señala el Tribunal Supremo.