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09/02/2022
El CECOVA entregó a Sanidad un informe jurídico para respaldar la instauración del Soporte Vital Avanzado Enfermero (SVAE)

El CECOVA entregó a Sanidad un informe jurídico para respaldar la instauración del Soporte Vital Avanzado Enfermero (SVAE)

Tras las diferentes consultas de profesionales a cerca del recién creado servicio de Soporte Vital Avanzado Enfermero (se inició en enero), el Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (CECOVA) ha elaborado, junto a un gabinete jurídico especializado en cuestiones sanitarias liderado por el profesor de la Universitat de València el Dr. José Pascual Fernández, un informe que avala la consolidación del (SVAE) sin la presencia física de un médico y que respalda este sistema de atención como complemento de los servicios de Emergencias Sanitarias de la Comunitat Valenciana.

El citado informe, que se ha sido remitido a las diferentes instancias y los servicios competentes de la Conselleria de Sanidad, justifica legalmente la reciente creación del SVAE con la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud y con la Ley 44/2003, de 21 de noviembre de ordenación de las profesiones sanitarias que, en su artículo 7, detalla que corresponde “a los diplomados sanitarios (enfermeras), dentro del ámbito de actuación para que les faculta su correspondiente título, la prestación personal de los cuidados o los servicios propios de su competencia profesional en las distintas fases del proceso de atención de salud, sin menoscabo de la competencia, responsabilidad y autonomía propias de los distintos profesionales que intervienen en tal proceso”.

El presidente del CECOVA, Juan José Tirado, destaca que un recurso como el SVAE, “no sustituye a ningún otro recurso, sino que lo complementa, ni tampoco es intrusivo respecto de otras profesiones sanitarias, sino que las complementa y colabora con ellas. Su fundamento es aumentar los medios asistenciales, no sustituirlos, disminuyendo los tiempos de reacción ante situaciones de urgencia y/o emergencia, aumentando de este modo la calidad y seguridad asistencial hacia y para el paciente”.

El informe del CECOVA incide también en que la atención de urgencia es aquella que se presta al paciente en los casos en que su situación clínica obliga a una atención sanitaria inmediata. Una atención que se dispensará tanto en centros sanitarios como fuera de ellos, incluyendo el domicilio del paciente y la atención in situ, durante las 24 horas del día, mediante la atención médica y de enfermería, y con la colaboración de otros profesionales.

Es decir, el SVAE se establece como un servicio en el que la enfermera puede cubrir una demanda de atención y asistencial de forma coordinada con el resto de profesionales sanitarios, como los médicos, y complementando otros servicios de emergencia que utilizan vehículos y unidades móviles.